Managua. Consejo de Comunicación y Ciudadanía
El Banco Central de Nicaragua (BCN) informa que a partir del 1 de enero de 2025 todos los agentes económicos que oferten sus bienes y servicios dentro del territorio nacional deberán indicar los precios de estos en la moneda nacional, el Córdoba, utilizando su símbolo “C$”.
Explica que los alimentos y bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas y productos de tabaco, entre otros, deberán expresarse y pagarse en córdobas.
Igualmente, ropa, calzado, accesorios, artículos personales, muebles, línea blanca, electrodomésticos, artículos electrónicos, artículos del hogar, artículos deportivos, artículos musicales, artículos escolares y juguetes, entre otros.
También artículos ferreteros, herramientas, artículos eléctricos, insumos industriales y agropecuarios, materiales y equipos de construcción y materiales y equipos de oficina, entre otros, deberán expresarse y pagarse en córdobas.
Asimismo, artículos ferreteros, herramientas, artículos eléctricos, insumos industriales y agropecuarios, materiales y equipos de construcción y materiales y equipos de oficina, entre otros.
Además, hospedaje, alimentación, bebidas, transporte, servicios personales y servicios de entretenimiento, entre otros.
Los servicios de televisión, telefonía, internet, mensajería y transmisión de datos dispositivos tecnológicos, equipos de cómputo y todos aquellos relacionados con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), entre otros.
Las asesorías, consultorías, análisis, investigación, soporte técnico, mantenimiento técnico y reparación, así como todo tipo de oficios, entre otros.
Además, deberán expresarse y pagarse en córdobas, los cines, conciertos, parques de diversión, teatros, museos, centros culturales, eventos culturales, centros deportivos, eventos deportivos, casinos, bares y centros nocturnos, entre otros.
Las consultas, cirugías, procedimientos, exámenes, laboratorios, imagenología, medicamentos, materiales y equipos médicos, entre otros.
Las mensualidades de educación preescolar, primaria, secundaria y universitaria, capacitación, conferencias, congresos, talleres, seminarios y formación y capacitación en línea, entre otros.
Finalmente se deberá expresarse y pagarse en córdobas el servicio nacional de transporte terrestre, acuático y aéreo; venta de combustibles, lubricantes, repuestos, vehículos y su mantenimiento, entre otros.