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Ratifican reforma sobre atribuciones de la Presidencia respecto a la Policía Nacional

Managua. Radio La Primerísima

La Asamblea Nacional aprobó este jueves en segunda legislatura la Ley de Reforma Parcial del Artículo 125 de la Constitución de la República de Nicaragua, que define con mayor precisión la atribución de la Presidencia de la República sobre la jefatura de la Policía Nacional.

Con la reforma, el inciso 10 del artículo 125 constitucional establece que son atribuciones de la Presidencia de la República “nombrar a dos Jefes de las Fuerzas Policiales de entre los miembros de la Policía Nacional; a los Subdirectores y Subdirectoras Generales y al Inspector o Inspectora General”.

Asimismo, es atribución de la Presidencia de la República “otorgar los grados de Primer Comisionado o Primera Comisionada y Comisionados y Comisionadas Generales, así como nombrar a la o el Comisionado General del Ministerio del Interior”.

De esta forma, el inciso 10 del artículo 125 de la Constitución queda de la siguiente manera:

Artículo 125

Inciso 10): Nombrar a dos Jefes de las Fuerzas Policiales de la República de Nicaragua de entre los miembros de la Jefatura Nacional; a los Subdirectores y Subdirectoras Generales y al Inspector o Inspectora General. Otorgar los grados de Primer Comisionado o Primera Comisionada y Comisionados o Comisionadas Generales. Así como nombrar a la o el Comisionado General del Ministerio del Interior. Todo de conformidad a la Ley de la materia.

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