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Rigen nuevas disposiciones para ejercer y estudiar medicina

Managua. Consejo de Comunicación y Ciudadanía

El Ministerio de Salud informó este sábado que desarrollarán evaluaciones psicológicas a 3 mil 742 médicos con 35 años de edad o menos, sean estos subespecialistas, especialistas, residentes, médicos generales y en servicio social.

De acuerdo con una nota de prensa, el objetivo es identificar estados de ansiedad, depresión, consumo de sustancias que generan adicción y riesgo de intención suicida.

Asimismo, esta evaluación se establecerá como requisito obligatorio de ingreso para quienes se incorporen a laborar en el MINSA y será realizada anualmente a los que estén laborando.

Señala que se conformó un equipo multidisciplinario de Salud mental nacional integrado por 2 psiquiatras y 2 psicólogos, quienes coordinan la estrategia de evaluación psicológica. Por SILAIS se formarán equipos locales de salud mental para la aplicación y cuantificación del puntaje obtenido.

El test que resulte con puntaje en rangos de alerta será evaluado por el equipo nacional de salud mental.

Detalla que el instrumento de evaluación psicológica es un documento impreso que consta de 47 preguntas con respuestas de selección múltiple, el test tiene una duración para ser contestadas por lo médicos en un tiempo de 30 minutos, con el acompañamiento del equipo de salud.

Serán evaluados 144 médicos en Nueva Segovia; 75 en Madriz: 137 en Estelí; Chinandega 245; León 245; Managua 948; Masaya 137; Granada 78; Carazo 71; Rivas 89; Boaco 103; Chontales 112; Zelaya Central 104; Matagalpa 507; Jinotega 263; Río San Juan 77; Bilwi 159; Las Minas 156; RACCS 92.

Regulaciones para estudiar medicina

La Secretaría Técnica para Atención a las Universidades (SETEC), en coordinación con los centros de educación superior que ofertan la carrera de medicina, ha emitido una importante resolución normativa que regula el ingreso, permanencia y promoción de los estudiantes en esta especialidad.

La nueva disposición establece rigurosos criterios selectivos y de rendimiento integral para asegurar que los futuros profesionales de la salud cuenten con las competencias científicas, humanas y conductuales idóneas para el ejercicio de la profesión.

Señala que los aspirantes que deseen ingresar a esta carrera deberán certificar un promedio final mínimo de noventa puntos en sus calificaciones de cuarto y quinto año de educación secundaria.

Asimismo, el reglamento mandata la obligatoriedad de demostrar un firme compromiso social, ser consecuentes con la identidad cultural y nacional, y aprobar de manera satisfactoria evaluaciones psicológicas y de conducta. El proceso de clasificación y prematrícula se ejecutará en estricto orden conforme a los mejores promedios académicos obtenidos.

Se ha establecido que aquellos estudiantes activos de medicina que actualmente se encuentren repitiendo el año académico o que tengan asignaturas reprobadas no podrán continuar sus estudios en dicha carrera, al considerarse un incumplimiento de las normativas de permanencia vigentes.

La resolución también ratifica la prohibición de traslados de estudiantes procedentes de otras carreras hacia medicina, manteniendo la vigencia de los impedimentos reglamentarios ya existentes.

Por otra parte, se dispuso que los estudiantes que ya se encuentran bajo la condición de médicos internos continuarán rigiéndose estrictamente por los lineamientos académicos, administrativos y asistenciales estipulados en el Reglamento del Internado Rotatorio MINSA-UNAN.

SECRETARÍA TÉCNICA PARA ATENCIÓN A LAS UNIVERSIDADES (SETEC)

RESOLUCIÓN No. 04-2026

APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE INGRESO Y PERMANENCIA EN LA CARRERA DE MEDICINA

CONSIDERANDO

I

Que el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional continúa fortaleciendo la educación superior como un derecho del pueblo nicaragüense, promoviendo la formación integral de profesionales con elevados valores humanos, compromiso social, identidad nacional y vocación de servicio.

II

Que la formación de profesionales de la salud constituye una prioridad estratégica para el fortalecimiento del Modelo de Salud Familiar y Comunitario, requiriéndose garantizar altos estándares académicos, éticos, psicológicos y de compromiso social durante el ingreso, permanencia y egreso de los estudiantes de la carrera de Medicina.

III

Que la naturaleza de la profesión médica demanda la formación de profesionales con condiciones académicas, emocionales, conductuales y vocacionales idóneas para el ejercicio responsable de la atención en salud.

IV

Que la aplicación uniforme de esta resolución resulta necesaria para garantizar la calidad de la formación médica, la igualdad de condiciones entre los estudiantes y el cumplimiento de los principios académicos establecidos para las Universidades Pueblo Presidente.

POR TANTO

La Secretaría Técnica para Atención a las Universidades (SETEC), en coordinación con las Universidades Pueblo Presidente que ofertan la carrera de Medicina,

RESUELVE

    PRIMERO: El estudiante que desee ingresar a la carrera de Medicina debe tener el certificado de notas de cuarto y quinto año de educación secundaria con promedio final mínimo de noventa (90) puntos, actuar con compromiso social y ser consecuente con la identidad cultural y nacional, así mismo, debe aprobar la evaluación psicológica y de conducta. La clasificación y prematrícula se hará de conformidad con los mejores promedios académicos obtenidos por los aspirantes.

    SEGUNDO: Para la promoción de año y permanencia en la carrera de medicina, es obligatorio aprobar todas las asignaturas en primera convocatoria, manteniendo “Promoción Limpia”, demostrar compromiso social y consecuencia con la cultura e identidad nacional, así como, resultados satisfactorios en las evaluaciones psicológicas y de conducta.

  TERCERO: Establecer que los estudiantes activos de la carrera de Medicina que, a la fecha se encuentren repitiendo año académico o tengan asignaturas reprobadas, no podrán continuar sus estudios en la carrera de Medicina, por incumplimiento de los requisitos de permanencia establecidos.

    CUARTO: Ratificar que no hay traslados de estudiantes provenientes de otras carreras hacia la carrera de Medicina, conforme lo que está establecido en el reglamento vigente.

    QUINTO: Disponer que los estudiantes que se encuentran en condición de médicos internos continuarán sujetos a las disposiciones académicas, administrativas y asistenciales establecidas en el Reglamento del Internado Rotatorio MINSA-UNAN.

    SEXTO: Orientar a las autoridades académicas de las Universidades Pueblo Presidente, realizar las correspondientes verificaciones académicas y adoptar las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.

    SÉPTIMO: Notifíquese la presente resolución a las Universidades Pueblo Presidente que ofertan la carrera de Medicina para su debida aplicación y cumplimiento.

    OCTAVO: La presente resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación y deberá ser divulgada a las autoridades universitarias, estudiantes y demás instancias correspondientes.

Dado en la ciudad de Managua, a los tres días del mes de junio del año dos mil veintiséis.

Bismarck Santana Tijerino

Secretario Técnico para la Atención a las Universidades (SETEC)

43 Aniversario

Radio Segovia, La Poderosa del Norte.

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