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Reforma parcial a Constitución reafirma respeto a nacionalidad  

Managua. Danielka Ruíz, Radio La Primerísima

Reforma parcial a Constitución reafirma respeto a nacionalidad   Managua. Danielka Ruíz, Radio La Primerísima

Los diputados reformaron parcialmente este viernes los artículos 23 y 25 de la Constitución Política, relacionados a la nacionalidad nicaragüense, a propuesta enviada por la Presidencia de la República.

Con la reforma, los extranjeros que soliciten nacionalizarse deberán renunciar a su nacionalidad de origen, excepto a los centroamericanos.

También expresa que los nicaragüenses perderán su nacionalidad al adquirir otra.

INICIATIVA DE REFORMA PARCIAL A DOS ARTÍCULOS DE CONSTITUCION

En la exposición de motivos los Copresidentes Daniel Ortega y Rosario Murillo manifiestan que esta medida reafirma que ser nicaragüense, no es un título, sino un acto de entrega a la defensa de la independencia, soberanía y autodeterminación.

Señalan que Nicaragua ha forjado su identidad sobre los pilares del nacionalismo y el patriotismo. Generaciones de hombres y mujeres, con honor y valentía, han defendido esta tierra sagrada frente a las invasiones colonialistas y las injerencias extranjeras que buscan socavar nuestra soberanía.

Agrega que, a lo largo de la historia, los nicaragüenses han demostrado que su lealtad a la patria es inquebrantable. Fueron los héroes y mártires, quienes, con su esfuerzo y sacrificio, permitieron que se viva en una Nicaragua revolucionaria, libre, soberana libre, soberana e independiente.

                                                       LEY NO.____.

            LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

                                  En uso de sus facultades,

                                                  HA DICTADO

                                                   La siguiente:

LEY DE REFORMA PARCIAL LOS ARTÍCULOS 23 25 DE LA

CONSTITUCIÓN POLITICA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.

Artículo primero. Reformas.

Se reforman los artículos 23 y 25 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, cuyo texto Íntegro fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 32 del 18 de febrero de 2025, los que se leerán así:

“Artículo 23. Las y los extranjeros pueden ser nacionalizados,  previa renuncia a su nacionalidad originaria.

Las y los centroamericanos de origen, residentes en Nicaragua, tienen derecho de optar a la nacionalidad nicaragüense sin renunciar a su nacionalidad.

Artículo 25. La nacionalidad nicaragüense se perderá al momento de adquirir otra nacionalidad .

Artículo segundoPublicación y vigencia.

Se mandata la publicación de esta primera aprobación en La Gaceta, Diario Oficial. Una vez sea aprobada en segunda legislatura, la presente Ley de Reforma parcial a los artículos 23 y 25 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el salón de sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los_____ días del mes de________ del año dos mil veinticinco.

Loria Raquel Dixon B.

Primera Secretaría Asamblea Nacional

Hasta aquí el Texto de la Iniciativa de “Ley de Reforma Parcial a los Artículos 23 y 25 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”; que firmamos por Io que hace a la Exposición de Motivos, Fundamentación y Texto de la presente Iniciativa de Ley. Managua, quince de mayo del año dos mil veinticinco.












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