
Los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron este jueves la Ley Orgánica de la Cruz Roja, que permitirá un mejor funcionamiento de esta institución humanitaria.
En la exposición de motivos se destaca que es de mucha importancia contar con una ley orgánica, que regirá su actuación basada en los valores de humanidad, imparcialidad, independencia, voluntariado, unidad y universalidad, para garantizar los programas y servicios necesarios.
“La Ley Orgánica de la Cruz Roja Nicaragüense detalla la organización, funcionamiento, atribuciones y procedimientos de la CRN, se procura la buena andanza de sus sedes, filiales y puesto de Cruz Roja a nivel nacional, reafirmando y afianzando la restitución del derecho a la salud y la asistencia ante las emergencias con calidad y calidez humana”, señala la ley.
En uno de sus artículos se establece que esa institución podrá usar el emblema y bandera de la Cruz Roja Internacional y que estos distintivos no podrán ser usados por particulares.
La creación de la nueva Cruz Roja Nicaragüense, como un ente descentralizado y adscrito al Ministerio de Salud, cuenta con patrimonio propio, duración indefinida y con plena capacidad para adquirir derechos o contraer obligaciones.
El presidente de será nombrado por el MINSA, y este será el encargado de cumplir las orientaciones emanadas por la Junta Directiva Nacional, que será la máxima autoridad de la entidad.
La deberá estar integrada por el Ministro o Ministra de Salud (o delegado), representante de la Dirección Administrativa del Minsa, presidente de la Cruz Roja, el director (a) general de la Cruz Roja y un representante de los trabajadores. La junta directiva de la CRN tendrá un secretario (a).