Una judicial dictó prisión preventiva en contra del sacerdote José Leonardo Urbina Rodríguez, cura párroco de la Iglesia Perpetuo Socorro de la ciudad de Boaco, a quien el Ministerio Público acusa de violar a una niña de 12 años, hija de una devota familia católica.
La jueza Yolanda Fletes, del Juzgado Segundo Distrito Penal Especializado en Violencia, Niñez y Adolescencia de Managua, admitió este miércoles la acusación y programó la audiencia inicial para el 21 de julio día que Fiscalía ofrecerá todas las pruebas en contra del señalado.
En el libelo acusatorio, Urbina es acusado por delitos de violación y lesiones psicológicas leves en perjuicio de la víctima de iniciales N.J.B.S.
“Bueno José Leonardo, la finalidad de esta audiencia es para darle a conocer la acusación presentada en su contra por el Ministerio Público, garantizarle su derecho a la defensa de conformidad con el artículo 34 de la Constitución Política de Nicaragua la cual tiene garantizada con la licenciada defensora pública”, dijo la judicial.
El Ministerio Público presentó acusación formal y se solicita apertura del proceso en contra del acusado de 51 años de edad.
Pruebas
Como base de la acusación fueron presentados los siguientes hechos: en el 2016 el acusado conoció a la abuela paterna de la víctima. Debido al grado de confianza que había entre el acusado y la abuela de la menor, Rodríguez aprovechó dicha circunstancia para acercarse a la víctima y lograr ganarse su confianza a tal punto que lo consideraba y reconocía como su padrino.
En el mes de diciembre de 2021, previo a la época de navidad, sin precisar fecha exacta, pero a los 6 y 8 minutos de la mañana, el acusado pidió permiso a la abuela de la víctima, para ir con la víctima de 12 años de edad a comprar tortillas, a lo cuál la abuela de la víctima accedió.
Al llegar a la tortillería el acusado le ordenó a un joven que les acompañaba identificado como Rodolfo que se bajara de la camioneta, que comprara las tortillas y luego se regresara a pie. Acto seguido, el acusado se dirigió al kilómetro 89 de la carretera Boaco-Managua, del Night Club Colombina 100 metros al norte en Boaco, sector poco transitado y montoso.
Antes de pasar el río, el acusado detuvo la camioneta y procedió a realizar tocamientos lúbricos en los pechos de la víctima por debajo de la ropa que vestía, le besó el cuello y de manera simultánea le decía a la víctima que sostuvieran relaciones sexuales, a lo que adolescente se negó.
Al escuchar la negativa de la víctima, el acusado se trasladó junto a la menor a donde la abuela paterna.
Posteriormente un domingo en enero del año 2022 a eso de las 7 de la mañana, el acusado utilizando la misma excusa volvió a decirle a la abuela de la víctima que le prestara a la niña para ir a comprar tortillas.
Ambos abordaron la camioneta ya descrita en los asientos del piloto y copiloto respectivamente, trasladándose al mismo lugar, el sector de Colombina, lugar donde el acusado estacionó la camioneta y se propuso nuevamente a la víctima que sostuvieran relaciones sexuales, de manera simultanea le introdujo su mano debajo del vestido y del Blumer que vestía la niña víctima tocándole las piernas, la vulva y apretó los pechos, luego se retiraron del lugar siempre a bordo de dicha camioneta, trasladando el acusado a la niña víctima donde se encontraba la señora Tomasa Centeno.
En abril del año 2022, un día domingo a eso de las 6 y 50 minutos de la mañana el acusado solicitó nuevamente a la abuela, que le prestara a la niña víctima con la misma excusa de ir a comprar tortillas y se dirigieron ambos a bordo de la misma camioneta al mismo lugar M/PM donde el acusado se bajó a comprar gel, luego se dirigió a la gasolinera 2,000 en el barrio Hernán Cruz, donde Urbina compró quesillo, cuajada y crema, luego se trasladó al kilómetro 89 de la carretera Boaco-Managua del Night Club Colombina 100 metros al norte, sector poco transitado y montoso, lugar donde el acusado estacionó la camioneta y procedió a violarla.
Una vez consumado este condenable hecho, el acusado se subió el pantalón y le ordenó a la niña víctima que se diera prisa ya que eran las 7 y 30 minutos aproximadamente, que se vistiera y la amenazó manifestándole que si decía algo de lo sucedido que iba a mandar a alguien que la matara.
Como consecuencia de la agresión sexual a la que el acusado sometió a la víctima, esta presenta un daño a su actividad psíquica que requiere un tratamiento especial.