El Gobierno puso en vigor este lunes la Ley Reguladora de Agentes Extranjeros que establece multas, sanciones y autoriza a solicitar la intervención de bienes y activos, y la cancelación de la personalidad jurídica a las ONG si intervienen en actividades o temas de política interna.
El Diario Oficial La Gaceta publica este lunes el contenido de la ley que garantiza la defensa y protección de la independencia, soberanía y autodeterminación, como derechos irrenunciables del pueblo nicaragüense y que están establecidos en la Constitución Política de Nicaragua.
La ley exceptúa a las personas pensionadas extranjeras que residen en el país y reciben dinero en concepto de pensión de retirado, personas naturales que reciben remesas familiares, empresas productivas y comerciales extranjeras con filiales en Nicaragua.
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También se exceptúan las fábricas y supermercados de inversión extranjera, sus trabajadores y prestadores de servicios, así como a las personas que establezcan relaciones comerciales bajo las condiciones de Acuerdos tratados, convenios comerciales vigentes, en particular, con respecto a inversiones, prestación de servicios y entrada temporal de personas de negocios.
Asimismo, organismos internacionales de carácter humanitario, misiones diplomáticas, organismos internacionales de cooperación, agencias de cooperación y su personal, medios de comunicación internacional y sus corresponsales, así como las asociaciones religiosas con personalidad jurídica y que están debidamente acreditadas en Nicaragua.
La ley viene a ordenar a los agentes, ya sean naturales o jurídicos, para que estén al día, cumpliendo con los recursos que reciben y para qué los reciben y no sea para menoscabar la soberanía e independencia de Nicaragua u otro tipo de actos que no contribuyen a la paz.