En el diario oficial La Gaceta del día de hoy se publica la Ley 1006, la ley de reforma a la ley Nº. 554, “Ley de Estabilidad Energética” y sus reformas, que fue recientemente aprobada por la Asamblea Nacional y ya está en plena vigencia.
Se establece que “por Ministerio de Ley, toda factura emitida por las Empresas de Distribución de Energía Eléctrica que esté legalmente en mora entiéndase, una vez agotados los procedimientos administrativos tendrá reconocimiento de fuerza ejecutiva como títulos no judiciales de ejecución. Esta disposición no es aplicable a consumidores menores de 300 kwh por mes”.
“Se autoriza a las Empresas de Distribución de Energía Eléctrica a publicar una lista de sus clientes legalmente en mora conforme este artículo, y debidamente certificada por el Instituto Nicaragüense de Energía, y a informar a las centrales de riesgos autorizadas por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras de dichos adeudos”, señala la ley.