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ALTOS CARGOS SIGUEN POR DISPOSICION CONSTITUCIONAL

Los altos cargos en el Estado a quienes se les vencieron los cargos siguen en los mismos por disposición de la Constitución Política, dijo el Magistrado Presidente de la Sala Constitucional de la CSJ, Francisco Rosales Arguello… “Aquí todo se hace en el marco constitucional. El artículo 130 constitucional párrafo dos, dice que los cargos electos por la Asamblea Nacional continuarán en el ejercicio de sus cargos después del vencimiento de su mandato para el cual fueron electos hasta que sean elegidos y tomen posesión quienes deberán sustituirlos de conformidad a la Constitución Política”, dijo Rosales… NO HAY NADIE DE FACTO… Resaltó que esto elimina cualquier posibilidad de interpretación de que existen funcionarios de facto… “Esto está constitucionalmente respaldado en el artículo 130 párrafo segundo, que se introdujo en la reforma constitucional del 2014”, observó, para evitar la crisis que la oposición intentó crear en el 2010… DEBERAN SER ELECTOS POR LA ASAMBLEA… Francisco Rosales es claro en afirmar que la elección de los cargos vencidos y amparados en la Constitución, así como la reforma a la ley electoral, deberán ser electos y en el caso de la ley reformada, por la Asamblea Nacional con la participación de los partidos políticos y no producto de un pacto político con quienes se negocia en el INCAE… “La Asamblea Nacional es la que puede elegir. Así lo dice textualmente el artículo dos de la Constitución, que la soberanía nacional radica en el pueblo y la ejerce a través de instrumentos democráticos decidiendo y participando libremente en la construcción y perfeccionamiento del sistema económico, político, social y cultural de la nación. El poder soberano lo ejerce el pueblo por medio de sus representantes libremente elegidos por sufragio universal igual, directo y secreto sin que ninguna persona o grupo de personas pueda arrogarse esa representación”, destacó…

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Radio Segovia, La Poderosa del Norte.

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