Managua. Radio La Primerísima

La Dirección General de Aduanas (DGA) despachará con exención de impuestos y sin restricción en cuanto a cantidad, el ingreso de los artículos alusivos a la celebración de la Purísima y fiestas de fin de año (juguetes, golosinas, arreglos navideños, artículos religiosos, artículos que se acostumbre compartir en dichas celebraciones, o bien mercancías distintas del equipaje y pequeños envíos familiares sin carácter comercial).
De acuerdo con una circular, estos artículos serán registrados de oficio en el módulo de modalidades especiales, siempre que el valor en factura del envió no exceda los PCA$ 500.00 (Quinientos pesos centroamericanos) o su equivalente en moneda nacional.
La DGA expresa que el objetivo es de establecer un procedimiento que agilice y facilite el despacho de los artículos alusivos a la celebración de la Purísima, mercancías distintas del equipaje y pequeños envíos familiares sin carácter comercial para el periodo de fiestas de fin de año, se les da a conocer las disposiciones siguientes:
La comunicación explica que, en el caso de mercancías distintas del equipaje que el viajero traiga consigo, este deberá acreditar haber permanecido un mínimo de setenta y dos horas fuera del territorio aduanero.
Señala que, para el despacho de pequeños envíos familiares sin carácter comercial, el consignatario deberá corresponder a una persona natural.
También se aclara que, en ambos casos, el viajero o el consignatario, deberán acreditar no haber gozado del beneficio de la exención de tributos durante los últimos seis (6) meses anteriores al arribo de las mercancías.