Los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron este miércoles las reformas al artículo 159 de la Constitución Política, que fortalece el trabajo del Poder Judicial en cuanto a la aplicación de justicia, como en la administración del presupuesto asignado para 2024.
Durante la sesión plenaria, la diputada Loria Dixon, dijo que la exposición de motivos, indica que se hace necesario reformar el artículo 159 de la Constitución Política, con el objetivo de homologar la disposición sobre la asignación de recursos de los poderes del Estado y suprimir la rigidez presupuestaria.
Con la reforma al artículo 159 este queda de la siguiente manera:
“Los tribunales de justicia forman un sistema unitario cuyo órgano superior es la Corte Suprema de Justicia, habrá tribunales de apelación, jueces de distrito, jueces locales, cuya organización y funcionamiento será determinado por la ley. Se establece la carrera judicial que será regulada por la Ley. Las facultades jurisdiccionales de juzgar y ejecutar a los juzgados corresponden exclusivamente al Poder Judicial. Los tribunales militares solo conocerán la falta y delitos estrictamente militares, sin perjuicio de las instancias y recursos ante la Corte Suprema de Justicia. El Poder Judicial recibirá una partida del Presupuesto General de la República para el cumplimiento de sus funciones”.
La reforma que entrará en vigencia una vez sea publicada en La Gaceta, Diario Nacional.
El artículo 159 fue reformado por primera vez en 1995, en el que se estableció que el presupuesto anual de la Corte Suprema de Justicia no debe ser superior al 4 por ciento del Presupuesto General de la República.
Reformas al artículo 138
En la misma sesión se aprobó la reforma parcial al artículo 138 de la Constitución. Esta reforma fue aprobada en primera legislatura y este miércoles se votó a favor por unanimidad.
“La presente iniciativa tiene por objeto suprimir la facultad constitucional de la Asamblea Nacional para elegir al Procurador y Subprocurador para la Defensa de los Derechos Humanos”, destaca la exposición de motivos.
Con esta reforma, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos está adscrita a la Procuraduría General de la República (PGR), que será encargada de nombrar al Procurador (a) y/o Subprocurador (a) de los Derechos Humanos.
Con la reforma se deroga el literal “b” del numeral 9 del artículo 138 de la Constitución Política.