La presidenta de la Corte Suprema de Justicia, al ser preguntada si se estaba aplicando la Ley 977, “Ley contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva”, en los juicios de los acusados por los sucesos de abril, aclaró que “nosotros no estamos aplicando esa ley a los casos que se están judicializando, porque esos casos se dieron antes de que se publicara o se aprobara esa ley”… “La Ley 977 a la que se hace referencia, fue presentada al Poder Legislativo el 13 de Marzo del corriente año, antes de la pasada crisis sociopolítica, aprobada el 16 de Julio y puesta en vigencia el 20 de Julio de 2018”, aseguró… LEY NO ES RETROACTIVA… “En consecuencia, en estricta aplicación del principio de irretroactividad de la ley contenido en la Constitución Política, la Ley 977, la “Ley contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva”, no puede ser aplicada a los casos de las personas acusadas por el delito de terrorismo cometido antes de la fecha de entrada en vigencia de la ley, como efectivamente, no se está aplicando”, dijo la titular del poder judicial… Agregó que “el delito de terrorismo no fue creado por la Ley 977, sino por la Ley 641, Código Penal, vigente desde Mayo del 2008 y es el tipo penal que está utilizando el Ministerio Público para acusar a estas personas, de conformidad con el artículo 394 de dicho código”… ¿QUE DICE EL CODIGO PENAL?… “Terrorismo. Quien actuando al servicio o colaboración con bandas, organizaciones o grupos armados, utilizando explosivos, sustancias tóxicas, armas, incendios, inundación, o cualquier otro acto de destrucción masiva, realice actos en contra de personas, bienes, servicios públicos y medios de transporte, como medio para producir alarma, temor o terror en la población, en un grupo o sector de ella, alterar el orden constitucional, alterar gravemente el orden público o causar pánico en el país, será sancionado con pena de 15 a 20 años de prisión”.
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